GLOSARIO
La
expresión en virtud de significa ‘como consecuencia de’, pero no son
adecuadas variantes como en virtud a ni a virtud de.
En ocasiones aparecen en las noticias estas últimas
formas, como en el siguiente ejemplo: «El centro exportará material genético de
la raza retinta a Brasil, en virtud a un acuerdo internacional entre este país
y España».
Sin embargo, las Academias de la Lengua desaconsejan en virtud a en el Diccionario panhispánico de dudas, al igual que la forma a virtud de, usada en el lenguaje jurídico,
por lo que hubiera sido mejor «El centro exportará material genético de la raza
retinta a Brasil, en virtud de un acuerdo internacional entre este país y
España».
Cuando la locución va seguida de una oración introducida por que, no debe suprimirse la preposición de; así, lo adecuado es «La queja
fue presentada en virtud de que se vulneraron los derechos de los niños» y no
«en virtud que se vulneraron».
La ley (en latín, lex, legis) es una norma jurídica dictada
por el legislador,
es decir, un precepto establecido
por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con
la justicia cuyo
incumplimiento conlleva a una sanción.1 Según el jurista panameño César
Quintero, en su libro Derecho Constitucional, la ley es una «norma
dictada por una autoridad pública que a todos ordena, prohíbe o permite, y a la
cual todos deben obediencia». Por otro lado, el jurista venezolano,
nacionalizado chileno, Andrés Bello definió a
la ley, en el artículo 1.º del Código
Civil de Chile como «Una declaración de la voluntad soberana,
que manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o
permite».
Las leyes son delimitadoras del libre albedrío de
las personas dentro de
la sociedad. Se puede decir
que la ley es el control externo que existe para la conducta humana, en pocas
palabras, las normas que rigen nuestra conducta social. Constituye una de
las fuentes
del derecho, actualmente considerada como la principal, que para ser
expedida, requiere de autoridad competente, es decir, el órgano legislador.
La Constitución (del latín constitutio, -ōnis)1 es la ley fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las leyes, que define el
régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política.1 También es designada con las expresiones carta magna2 o ley
fundamental.3 En cuanto norma jurídica suprema de un Estado de derecho, establece el origen de la soberanía en la nación o el pueblo (soberanía nacional, soberanía popular), reconoce los derechos fundamentales (o derechos constitucionales) y los mecanismos de participación y representación política, establece la forma de Estado(en cuanto a su organización territorial), la forma de gobierno (o régimen político) y el sistema político; particularmente al fijar los límites y controles a que se someten cada uno de los poderes del Estado y definir sus filiaciones y equilibrios (checks and balances,4 en la división de poderes clásica: legislativo, ejecutivo y judicial). La norma o, en su caso, el conjunto de normas
constitucionales, son las que determinan las bases del ordenamiento jurídico; especialmente la organización de los poderes públicos y sus competencias, los fundamentos del sistema económico y las relaciones sociales, los deberes y derechos de sus ciudadanos.
RECREACION
Se entiende por recreación a todas aquellas
actividades y situaciones en las cuales esté puesta en marcha la diversión,
como así también a través de ella la relajación y el entretenimiento. Son casi
infinitas las posibilidades de recreación que existen hoy en día, especialmente
porque cada persona puede descubrir y desarrollar intereses por distintas
formas de recreación y divertimento.
Es decir, no todos los individuos somos
iguales ni disponemos de las mismas experiencias o intereses y entonces cada
cual desarrollará una inclinación por tal o cual actividad recreativa; podrá
claro haber coincidencias, aunque también puede suceder que lo que para alguien
es una recreación para otro puede no serlo y viceversa.
V
vigíaa
(Del port. vigia, vela.)
1. s. m. y f. Persona que vigila para dar cuenta de cosas importantes que puede ver el vigía vio tierra; el vigía dio lavoz de alarma al divisar al enemigo. centinela
2. s. f. Atalaya, torre para vigilar.
3. Acción de vigiar.
4. NÁUTICA Escollo que sobresale en la superficie del mar.
. persona que vigila un lugar desde un punto estratégico En cada una de las torres del castillo había apostado unvigía.
2. persona encargada de vigilar una cosa El preceptor es el vigía de la disciplina escolar.
El patrimonio cultural es la
herencia cultural propia del pasado de una comunidad, mantenida hasta la
actualidad y transmitida a las generaciones presentes y futuras.1
Las entidades que identifican y clasifican
determinados bienes como relevantes para la cultura de un pueblo, de una región o de toda la humanidad, velan también por la salvaguarda y la protección de
esos bienes, de forma tal que sean preservados debidamente para las
generaciones futuras y que puedan ser objeto de estudio y fuente de
experiencias emocionales para todos aquellos que los usen, disfruten o visiten.
La Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural2 fue adoptada por la Conferencia General de la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(Unesco) el 16 de noviembre de 1972, cuyo objetivo es promover
la identificación, protección y preservación del patrimonio cultural y natural
considerado especialmente valioso para la humanidad.3
Como complemento de ese tratado, la Unesco aprobó,
el 7 de octubre de 2003, la Convención para
la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial,4 que definió que
El patrimonio cultural e inmaterial, transmitido de
generación en generación es recreado por comunidades y grupos en función de su
medio, su interacción con la naturaleza y su historia. La salvaguardia de este
patrimonio es una garantía de sostenibilidad de la diversidad cultural.
La fiesta folclórica y cultural más importante de
Colombia es el Carnaval de Barranquilla cuenta con dos designaciones:
Patrimonio Cultural de la Nación y Obra Maestra del Patrimonio Oral e
Inmaterial de la Humanidad, títulos otorgados por el Congreso de la república y
por la UNESCO respectivamente.
El Carnaval de Barranquilla es patrimonio de la
Humanidad porque reúne expresiones emblemáticas de la memoria e identidad del
pueblo barranquillero, del Caribe colombiano y del Río Grande de La Magdalena.
Por la mezcla de culturas que sustentan lo que somos
como nación, por su capacidad de movilización social que supera todo tipo de
diferencias, porque su poder de convocatoria está en el corazón de la gente que
hacen de la diversidad un motivo de fiesta y de celebración que alienta el arte
popular y mantiene vivo el pasado.
Esta celebración es una obra maestra del genio
creador humano porque es el único espacio en el país donde se expresan las
manifestaciones culturales producto de la hibridación de las culturas dominadas
-aborigen y africana- como forma de resistencia a esos pueblos que a la perdida
de sus mitos, creencias y expresiones culturales frente a los impuestos por la
cultura dominante –española-.
También evidencia este carácter en la
instrumentación musical ancestral que acompaña las danzas. Su arraigo a la
tradición cultural está inmerso en la vida de la gente, no solo por su
participación, si no por aspectos como la preparación de danzas y cumbiambas,
la elaboración de máscaras, la indumentaria que construye una serie de
significados y fortalece el tejido social en diversos sectores de la ciudad.
UNESCO
La Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura es un organismo especializado de las
Naciones Unidas.
Tipo: Agencia
especializada de la ONU
Fundación: 16 de noviembre de
1945, Londres, Reino Unido
POLITICA DE ESTADO
En la terminología
política se utiliza el concepto de política de estado para referirse a los
principios fundamentales que deben servir como guía para el gobierno de una
nación. En este sentido, las políticas de estado no deberían asociarse a un
gobierno concreto o una ideología determinada.
Por el contrario, con esta
denominación se alude a todos aquellos asuntos que se consideran claves para
defender los intereses generales de una nación.
... via Definicion ABC
https://www.definicionabc.com/politica/politica-estado.php
Por el contrario, con esta denominación se alude a todos aquellos asuntos que se consideran claves para defender los intereses generales de una nación.
Por el contrario, con esta denominación se alude a todos aquellos asuntos que se consideran claves para defender los intereses generales de una nación.
El Turismo ecológico
o ecoturismo es un estilo del turismo alternativo diferente al turismo
tradicional. Es un enfoque para las actividades turísticas en el cual se
privilegia la sostenibilidad, la preservación, la apreciación del medio (tanto natural
como cultural) que acoge y sensibiliza a los viajantes. Aunque existen
diferentes interpretaciones, por lo general el turismo ecológico se promueve
como un turismo "ético", en el cual también se presume como
primordial el bienestar de las poblaciones locales, y tal presunción se refleja
en la estructura y funcionamiento de las empresas, y cooperativas que se
dedican a ofrecer tal servicio.
Debido a
su auge el ecoturismo ya se convirtió en el segmento de más rápido crecimiento
y el sector más dinámico del mercado turístico a escala mundial. Este
movimiento apareció a finales de la década de 1980, y ya ha logrado atraer el
suficiente interés a nivel internacional, al punto que la ONU dedicó el año
2002 al turismo ecológico.
FONDO DE PROMOCION TURISTICA – FONTUR - 2006 ley 1101- reestructuración.
NATURALEZA Y RECURSOS DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO
NACIONAL DEL TURISMO
El artículo 42 de la Ley 300 de 1996 creó el Fondo de
Promoción Turística como un instrumento para el manejo de los recursos
provenientes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo , el
cual se ceñiría a los lineamientos de la política turística definidos por el Ministerio
de Comercio, Industria y Turismo, estableciendo a partir de esa fecha que su
régimen de contratación es de carácter privado, es decir que se rige por el
Código Civil, Código de Comercio y su Manual de Contratación.
Así pues, con la entrada en vigencia de la Ley 1558 de
2012, la denominación del Fondo de Promoción Turística cambió por la del Fondo
Nacional de Turismo, y se ordenó su constitución como un patrimonio autónomo,
por lo que su administración y vocería fue asumida por la sociedad Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. –
FIDUCOLDEX S.A., para lo cual se suscribió el Contrato de Fiducia Mercantil No.
137 de 2013, entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la
mencionada fiduciaria, quien asumió la administración y vocería del Fondo a
partir del 1 de septiembre de 2013.
Adicionalmente,
la citada ley en el artículo 22 dispuso que los bienes inmuebles incautados o
que les fuere extinguido el derecho de dominio debido a su vinculación con
procesos por delitos de narcotráfico, enriquecimiento ilícito, testaferrato y
conexos, y los que fueron de propiedad de la antigua Corporación Nacional de
Turismo, hoy del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, serán
administrados o enajenados por el Fondo Nacional de Turismo
Por
último, se debe precisar que el artículo 1° del Decreto 2125 de 2012, ratifica
la facultad del Fondo Nacional de Turismo - FONTUR, para administrar los bienes
inmuebles celebrando contratos de concesión, arrendamiento, comodato,
administración hotelera entre otros o cualquier otra modalidad contractual que
sirva a los fines de aprovechamiento turístico.
LEY 1558 DE 2012
OBJETO, IMPORTANCIA Y PRINCIPIOS DE LA ACTIVIDAD
TURÍSTICA:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente ley tiene por objeto el
fomento, el desarrollo, la promoción, la competitividad del sector y la
regulación de la actividad turística, a través de los mecanismos necesarios
para la creación, conservación, protección y aprovechamiento de los recursos y
atractivos turísticos nacionales, resguardando el desarrollo sostenible y
sustentable y la optimización de la calidad, estableciendo los mecanismos de
participación y concertación de los sectores público y privado en la actividad.
·
PLAN SECTORIAL DE TURISMO
“TURISMO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA PAZ” 2014-2018
TODOS POR UN NUEVO PAIZ.
PAZ, EQUIDAD, EDUCACION.
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO.COLOMBIA.
En concordancia con la visión de país, el turismo ha
demostrado ser un importante factor de desarrollo que genera:
TERRITORIOS DE PAZ,
por ser una condición esencial para su desarrollo,
EQUIDAD: dado
que se considera como uno de los sectores que propicia mayor redistribución de
los ingresos y genera más trabajo con menos capital invertido y
EDUCA: en tanto difunde, promueve y comunica
historia, valores paisajísticos, estéticos, conocimiento y estimula el
intercambio cultural, a la vez que afianza los valores propios.
COLOMBIA UN PAIS DE REGIONES
C
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