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domingo, 25 de febrero de 2018

GLOSARIO DE LEGISLACION TURISTICA

GLOSARIO

La expresión en virtud de significa ‘como consecuencia de’, pero no son adecuadas variantes como en virtud a ni a virtud de.
En ocasiones aparecen en las noticias estas últimas formas, como en el siguiente ejemplo: «El centro exportará material genético de la raza retinta a Brasil, en virtud a un acuerdo internacional entre este país y España».
Sin embargo, las Academias de la Lengua desaconsejan en virtud a en el Diccionario panhispánico de dudas, al igual que la forma a virtud de, usada en el lenguaje jurídico, por lo que hubiera sido mejor «El centro exportará material genético de la raza retinta a Brasil, en virtud de un acuerdo internacional entre este país y España».
Cuando la locución va seguida de una oración introducida por que, no debe suprimirse la preposición de; así, lo adecuado es «La queja fue presentada en virtud de que se vulneraron los derechos de los niños» y no «en virtud que se vulneraron».

La ley (en latínlex, legis) es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia cuyo incumplimiento conlleva a una sanción.1​ Según el jurista panameño César Quintero, en su libro Derecho Constitucional, la ley es una «norma dictada por una autoridad pública que a todos ordena, prohíbe o permite, y a la cual todos deben obediencia». Por otro lado, el jurista venezolano, nacionalizado chileno, Andrés Bello definió a la ley, en el artículo 1.º del Código Civil de Chile como «Una declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite».
Las leyes son delimitadoras del libre albedrío de las personas dentro de la sociedad. Se puede decir que la ley es el control externo que existe para la conducta humana, en pocas palabras, las normas que rigen nuestra conducta social. Constituye una de las fuentes del derecho, actualmente considerada como la principal, que para ser expedida, requiere de autoridad competente, es decir, el órgano legislador.
La Constitución (del latín constitutio, -ōnis)1​ es la ley fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las leyes, que define el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política.1​ También es designada con las expresiones carta magna2​ o ley fundamental.3​ En cuanto norma jurídica suprema de un Estado de derecho, establece el origen de la soberanía en la nación o el pueblo (soberanía nacionalsoberanía popular), reconoce los derechos fundamentales (o derechos constitucionales) y los mecanismos de participación y representación política, establece la forma de Estado(en cuanto a su organización territorial), la forma de gobierno (o régimen político) y el sistema político; particularmente al fijar los límites y controles a que se someten cada uno de los poderes del Estado y definir sus filiaciones y equilibrios (checks and balances,4​ en la división de poderes clásica: legislativoejecutivo y judicial). La norma o, en su caso, el conjunto de normas constitucionales, son las que determinan las bases del ordenamiento jurídico; especialmente la organización de los poderes públicos y sus competencias, los fundamentos del sistema económico y las relaciones sociales, los deberes y derechos de sus ciudadanos.


RECREACION
Se entiende por recreación a todas aquellas actividades y situaciones en las cuales esté puesta en marcha la diversión, como así también a través de ella la relajación y el entretenimiento. Son casi infinitas las posibilidades de recreación que existen hoy en día, especialmente porque cada persona puede descubrir y desarrollar intereses por distintas formas de recreación y divertimento.

Es decir, no todos los individuos somos iguales ni disponemos de las mismas experiencias o intereses y entonces cada cual desarrollará una inclinación por tal o cual actividad recreativa; podrá claro haber coincidencias, aunque también puede suceder que lo que para alguien es una recreación para otro puede no serlo y viceversa.

V




vigíaa
(Del port. vigia, vela.)
1s. m. y f. Persona que vigila para dar cuenta de cosas importantes que puede ver el vigía vio tierra; el vigía dio lavoz de alarma al divisar al enemigo. centinela
2s. f. Atalaya, torre para vigilar.
3. Acción de vigiar.
4NÁUTICA Escollo que sobresale en la superficie del mar.

persona que vigila un lugar desde un punto estratégico En cada una de las torres del castillo había apostado unvigía.
2. persona encargada de vigilar una cosa El preceptor es el vigía de la disciplina escolar.

El patrimonio cultural es la herencia cultural propia del pasado de una comunidad, mantenida hasta la actualidad y transmitida a las generaciones presentes y futuras.1
Las entidades que identifican y clasifican determinados bienes como relevantes para la cultura de un pueblo, de una región o de toda la humanidad, velan también por la salvaguarda y la protección de esos bienes, de forma tal que sean preservados debidamente para las generaciones futuras y que puedan ser objeto de estudio y fuente de experiencias emocionales para todos aquellos que los usen, disfruten o visiten.
La Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural2​ fue adoptada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) el 16 de noviembre de 1972, cuyo objetivo es promover la identificación, protección y preservación del patrimonio cultural y natural considerado especialmente valioso para la humanidad.3
Como complemento de ese tratado, la Unesco aprobó, el 7 de octubre de 2003, la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial,4​ que definió que
El patrimonio cultural e inmaterial, transmitido de generación en generación es recreado por comunidades y grupos en función de su medio, su interacción con la naturaleza y su historia. La salvaguardia de este patrimonio es una garantía de sostenibilidad de la diversidad cultural.
La fiesta folclórica y cultural más importante de Colombia es el Carnaval de Barranquilla cuenta con dos designaciones: Patrimonio Cultural de la Nación y Obra Maestra del Patrimonio Oral e Inmaterial de la Humanidad, títulos otorgados por el Congreso de la república y por la UNESCO respectivamente.
El Carnaval de Barranquilla es patrimonio de la Humanidad porque reúne expresiones emblemáticas de la memoria e identidad del pueblo barranquillero, del Caribe colombiano y del Río Grande de La Magdalena.
Por la mezcla de culturas que sustentan lo que somos como nación, por su capacidad de movilización social que supera todo tipo de diferencias, porque su poder de convocatoria está en el corazón de la gente que hacen de la diversidad un motivo de fiesta y de celebración que alienta el arte popular y mantiene vivo el pasado.
Esta celebración es una obra maestra del genio creador humano porque es el único espacio en el país donde se expresan las manifestaciones culturales producto de la hibridación de las culturas dominadas -aborigen y africana- como forma de resistencia a esos pueblos que a la perdida de sus mitos, creencias y expresiones culturales frente a los impuestos por la cultura dominante –española-.
También evidencia este carácter en la instrumentación musical ancestral que acompaña las danzas. Su arraigo a la tradición cultural está inmerso en la vida de la gente, no solo por su participación, si no por aspectos como la preparación de danzas y cumbiambas, la elaboración de máscaras, la indumentaria que construye una serie de significados y fortalece el tejido social en diversos sectores de la ciudad.
UNESCO
La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura es un organismo especializado de las Naciones Unidas.
Tipo:      Agencia especializada de la ONU
Fundación16 de noviembre de 1945, Londres, Reino Unido
POLITICA DE ESTADO
En la terminología política se utiliza el concepto de política de estado para referirse a los principios fundamentales que deben servir como guía para el gobierno de una nación. En este sentido, las políticas de estado no deberían asociarse a un gobierno concreto o una ideología determinada.

Por el contrario, con esta denominación se alude a todos aquellos asuntos que se consideran claves para defender los intereses generales de una nación.

... via Definicion ABC https://www.definicionabc.com/politica/politica-estado.php
Por el contrario, con esta denominación se alude a todos aquellos asuntos que se consideran claves para defender los intereses generales de una nación.


El Turismo ecológico o ecoturismo es un estilo del turismo alternativo diferente al turismo tradicional. Es un enfoque para las actividades turísticas en el cual se privilegia la sostenibilidad, la preservación, la apreciación del medio (tanto natural como cultural) que acoge y sensibiliza a los viajantes. Aunque existen diferentes interpretaciones, por lo general el turismo ecológico se promueve como un turismo "ético", en el cual también se presume como primordial el bienestar de las poblaciones locales, y tal presunción se refleja en la estructura y funcionamiento de las empresas, y cooperativas que se dedican a ofrecer tal servicio.
Debido a su auge el ecoturismo ya se convirtió en el segmento de más rápido crecimiento y el sector más dinámico del mercado turístico a escala mundial. Este movimiento apareció a finales de la década de 1980, y ya ha logrado atraer el suficiente interés a nivel internacional, al punto que la ONU dedicó el año 2002 al turismo ecológico.

FONDO DE PROMOCION TURISTICA – FONTUR -   2006 ley 1101- reestructuración.
NATURALEZA Y RECURSOS DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO NACIONAL DEL TURISMO
El artículo 42 de la Ley 300 de 1996 creó el Fondo de Promoción Turística como un instrumento para el manejo de los recursos provenientes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo , el cual se ceñiría a los lineamientos de la política turística definidos por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, estableciendo a partir de esa fecha que su régimen de contratación es de carácter privado, es decir que se rige por el Código Civil, Código de Comercio y su Manual de Contratación.
Así pues, con la entrada en vigencia de la Ley 1558 de 2012, la denominación del Fondo de Promoción Turística cambió por la del Fondo Nacional de Turismo, y se ordenó su constitución como un patrimonio autónomo, por lo que su administración y vocería fue asumida por la sociedad Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. – FIDUCOLDEX S.A., para lo cual se suscribió el Contrato de Fiducia Mercantil No. 137 de 2013, entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la mencionada fiduciaria, quien asumió la administración y vocería del Fondo a partir del 1 de septiembre de 2013.
Adicionalmente, la citada ley en el artículo 22 dispuso que los bienes inmuebles incautados o que les fuere extinguido el derecho de dominio debido a su vinculación con procesos por delitos de narcotráfico, enriquecimiento ilícito, testaferrato y conexos, y los que fueron de propiedad de la antigua Corporación Nacional de Turismo, hoy del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, serán administrados o enajenados por el Fondo Nacional de Turismo
Por último, se debe precisar que el artículo 1° del Decreto 2125 de 2012, ratifica la facultad del Fondo Nacional de Turismo - FONTUR, para administrar los bienes inmuebles celebrando contratos de concesión, arrendamiento, comodato, administración hotelera entre otros o cualquier otra modalidad contractual que sirva a los fines de aprovechamiento turístico.
LEY 1558 DE 2012
OBJETO, IMPORTANCIA Y PRINCIPIOS DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente ley tiene por objeto el fomento, el desarrollo, la promoción, la competitividad del sector y la regulación de la actividad turística, a través de los mecanismos necesarios para la creación, conservación, protección y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, resguardando el desarrollo sostenible y sustentable y la optimización de la calidad, estableciendo los mecanismos de participación y concertación de los sectores público y privado en la actividad.
·         PLAN SECTORIAL DE TURISMO
“TURISMO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA PAZ”  2014-2018
TODOS POR UN NUEVO PAIZ.
PAZ, EQUIDAD, EDUCACION.
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO.COLOMBIA.
En concordancia con la visión de país, el turismo ha demostrado ser un importante factor de desarrollo que genera:
TERRITORIOS DE PAZ, por ser una condición esencial para su desarrollo,
EQUIDAD:       dado que se considera como uno de los sectores que propicia mayor redistribución de los ingresos y genera más trabajo con menos capital invertido y
EDUCA: en tanto difunde, promueve y comunica historia, valores paisajísticos, estéticos, conocimiento y estimula el intercambio cultural, a la vez que afianza los valores propios.
COLOMBIA UN PAIS DE REGIONES
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